Ingeniero Químico: Una visión más que subjetiva con fuentes algo más objetivas.  

Posted by: Lúthien Anárion in


Bueno lo primero disculparme porque las obras que anuncié en el blog no se han realizado, a la vista está, y porque desde entonces tampoco se ha publicado nada. No tengo tiempo de arreglar el la plantilla del blog ahora pero si de dejar una pequeña entrada. El tema escogido, Ingeniería Química, lo que ya es habitual, casi podría convertirse en una especie de sección fija. Los que nos leen con cierta frecuencia saben que mi compañera y yo pertenecemos a esa rama de la ingeniería y ya hemos comentado las lagunas en las que se encuentra la titulación. De todas formas y para los que sepan muy bien de que va el tema, intentaré resumir la situación.

Nuestra profesión no existe como tal en España. Hay más de 2000 Ingenieros Químicos trabajando en nuestro país y aún así la profesión sigue sin estar regulada. En España la Ingeniería Química ha evolucionado desde dos disciplinas distintas: la licenciatura de ciencias químicas a través de sus especialidades de Química Técnica o Química Industrial y la Ingeniería Industrial mediante su especialidad Química. La Ley de instrucción pública de 1857 determinó como campos profesionales de estos Ingenieros el mecánico y el químico. La vinculación de ambas titulaciones se hace oficial, y si cabe más evidente, una vez aprobada el título de Ingeniero Químico como disciplina independiente en el Real Decreto 1954/1994 de Homologación de Títulos en el que el Ingeniero Industrial especialidad Química pasa a homologarse con el Ingeniero Químico.

El Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior, denomina profesiones reguladas aquellas actividades o conjunto de actividades profesionales para cuyo acceso, ejercicio o alguna de sus modalidades de ejercicio se exija directa o indirectamente un título y constituyan una profesión en un Estado miembro de la Unión Europea.

El listado de titulaciones que incluye dicho Real Decreto no incluye a la Ingeniería Química ya que el plan de estudios de Ingeniero Químico data de 1992. La asignación de atribuciones a los Ingenieros Químicos queda pendiente de la aprobación del borrador de anteproyecto de ley por la que se regulan las atribuciones profesionales de Arquitectos e Ingenieros redactado en 1997, en cuyo anexo aparece la profesión de Ingeniero Químico. Debido a la implantación del denominado proceso de Bolonia es poco probable que dicha ley vea la luz, razón por la cual estamos atascados en un callejón sin salida gracias a la incompetencia de los órganos legislativos y ejecutivos de nuestro Gobierno. Según nos informaron desde el Colegio de la Comunidad Valenciana, el proceso de las fichas para las titulaciones está parado de momento y la proposición no de ley admitida al senado está igualmente estancada.

En las universidades que ya tienen planteado el grado, nos encontramos con el siguiente problema, el Ministerio sólo contempla este título como máster, mientras que el grado sería la mención incluida en ingeniero industria. En la Laguna ni siquiera se sabe muy bien que ha pasado, en la web como es costumbre no aparece entre las titulaciones admitidas a grado y solo existe información a través de lo que te cuentan los profesores de la Facultad de Química que se contradice con lo que te cuentas en la Escuela Técnica, el corrillo del café en este caso es un medio seguro de desinformación.

Conclusión, ¡y yo que sé! Quizás deberñia acudir a una fuente directa y fiable como el Ministerio de innovación que es donde cayó la universidad cuando repartieron el pastel la última vez:

Cualificación profesional:

Sus atribuciones profesionales están reguladas por ley. El ejercicio libre de la profesión está supervisado por los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales.

Esta titulación capacita para desempeñar múltiples actividades en el sector industrial y empresarial; ingeniería en los campos mecánico, eléctrico, electrónico, químico, textil, energético, medioambiental, de materiales y de arquitectura industrial; en el ámbito de la industria y sus transformados, puede realizar actividades y estudios de viabilidad, evaluación, organización, dirección y gestión en relación con proyectos, sistemas y métodos de producción y empresas industriales y de servicios.

Puede desarrollar sus actividades tanto en la Administración y Organismos Públicos como en empresas privadas, así como en la docencia.

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This entry was posted on lunes, junio 22, 2009 and is filed under . You can leave a response and follow any responses to this entry through the Suscribirse a: Enviar comentarios (Atom) .

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